Después de DOMA: Beneficios Por Parte De Empleadores Privados

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La victoria en el caso Estados Unidos v. Windsor en la Corte Suprema al derribar la discriminatoria Ley en Defensa del Matrimonio (Defense of Marriage Act [DOMA]) ratifica que todas las parejas comprometidas y enamoradas que estén casadas merecen igualdad en el respeto legal y tratamiento por parte del gobierno federal. La desaparición de DOMA marca un momento decisivo en la forma en la que el gobierno de Estados Unidos considera las relaciones de parejas del mismo sexo casadas dentro de los programas federales que están vinculados a estar casado. Al mismo tiempo, este momento forma parte de un viaje más largo, y no es el final del camino. Queda mucho trabajo por hacer para que las parejas del mismo sexo que viven en todo el país puedan disfrutar de las mismas protecciones que sus contrapartes heterosexuales.

Para tener en cuenta:

  • La decisión de la Corte Suprema en Windsor sólo se aplica al gobierno federal. No cambia las leyes estatales discriminatorias que excluyen a las parejas del mismo sexo de los derechos de matrimonio conferidos por los estados.

  • Las agencias federales —burocracias grandes— pueden necesitar tiempo para cambiar las formas, implementar los procedimientos, capacitar al personal e incorporar eficazmente a las parejas del mismo sexo en el sistema conyugal.

  • Hasta que las parejas del mismo sexo puedan casarse en todos los estados de la nación, habrá incertidumbre sobre el grado en que los cónyuges del mismo sexo recibirán protecciones civiles federales en todo el país. Para los programas federales que evalúan el estado civil de los matrimonios con base en las leyes de los estados que no respetan los matrimonios de parejas del mismo sexo, esas leyes estatales probablemente plantearan obstáculos para las parejas casadas legalmente y cónyuges sobrevivientes cuando intenten acceder a las protecciones y responsabilidades federales.

  • Asegurar el acceso equitativo a las protecciones federales asociadas con el matrimonio para todas las parejas del mismo sexo en el país tomará algún tiempo y mucho trabajo. En algunas situaciones, puede requerir la acción del Congreso o la elaboración oficial de normas en las agencias.

  • Antes de tomar una decisión, es esencial que consultes con un abogado para recibir asesoría legal individualizada. Esto es particularmente importante para las personas que reciben ciertos beneficios públicos, ya que al casarte puedes poner en riesgo tu elegibilidad y no necesariamente vas a recibir todas las protecciones que otras parejas casadas. Además, las parejas que viajan a otro lugar para casarse y luego regresan a vivir en un estado que no respeta su matrimonio puede que, injustamente, no puedan obtener un divorcio, lo que puede traer consecuencias graves y negativas en lo legal y financiero. Las personas deben tomar decisiones cuidadosamente sobre cuándo y dónde casarse, mientras trabajamos juntos para poner fin a esta injusticia.

  • Estamos comprometidos en obtener el acceso universal a las protecciones maritales federales para parejas casadas del mismo sexo a través de la promoción constante de políticas públicas en su defensa y, cuando sea necesario, el litigio estratégico. Contacta a nuestras organizaciones si tienes preguntas, para actualizaciones y para aprender más sobre lo que puedes hacer para lograr la plena igualdad para la comunidad LGBT.

Esta guía tiene como objetivo proporcionar información general sobre los principales aspectos de los derechos y protecciones federales basados en el matrimonio. Esta información se basa en cómo las diversas agencias federales han administrado los beneficios federales. No debe ser interpretada como asesoría legal o una opinión legal sobre hechos o circunstancias específicas, y no crea una relación de abogado-cliente. La práctica anterior no es garantía de desarrollos futuros. Mientras las leyes y los procedimientos legales son sujetos a cambios frecuentes y diferentes interpretaciones en el curso ordinario, esto es aún más común ahora que el gobierno federal desmantela a DOMA y amplía las protecciones federales a las parejas del mismo sexo. Ninguna de las organizaciones que publican esta información se puede asegurar que la información sea actual, ni tampoco es responsable de cualquier uso que se le pueda dar.

Esto no contiene ninguna asesoría de impuestos, ni tampoco puede ser utilizada con el fin de evitar sanciones bajo el Código Fiscal.

Contacta a un abogado calificado en tu estado para obtener asesoría legal sobre tu situación particular.

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BENEFICIOS POR PARTE DE EMPLEADORES PRIVADOS

Aunque la discriminación contra los matrimonios del mismo sexo por parte de la Ley en Defensa del Matrimonio (DOMA, por sus siglas en inglés) no prohibía que empleadores privados ofrecieran beneficios a parejas del mismo sexo, sí imponía impuestos adicionales y las trataba de manera discriminatoria. Por ejemplo, los matrimonios del mismo sexo tenían que pagar impuestos adicionales sobre el valor del seguro médico proporcionado por el empleador, mismo impuesto que los cónyuges de sexos opuestos no tenían que pagar; y a los matrimonios del mismo sexo que se divorciaban la ley federal les prohibía obtener una orden de la corte para poder compartir pensiones como parte del acuerdo de divorcio.

Ahora que DOMA fue anulada, les pedimos a todos los matrimonios del mismo sexo con beneficios de jubilación por medio de sus empleadores que revisen inmediatamente a quién tienen asignado como sus beneficiarios y que revisen sus beneficios para asegurar que sus preferencias se vean reflejadas en sus documentos. Tus derechos pudieron haber cambiado y esperarte más tiempo pudiera perjudicarte a ti y a tu familia.

La siguiente guía proporciona información sobre asuntos que tienen que ver con el matrimonio, planes de retiro y beneficios de seguro médico que son regulados por la ley federal y proporcionados por empleadores.

Para más información sobre las regulaciones de beneficios de empleados, lee la siguiente información en inglés:

http://www.dol.gov/ebsa/faqs/faq_compliance_pension.html

www.aging.senate.gov/crs/pension7.pdf


Índice de materias

1) ¿Cuáles derechos provee la ley federal a empleados casados cuando los beneficios de seguro médico son pagados por el empleador directamente?

2) ¿Cuáles derechos provee el gobierno federal a matrimonios en cuanto a beneficios de jubilación por un empleador privado?

3) ¿Cuáles matrimonios van a ser considerados válidos por el gobierno federal para propósitos de beneficios?

4) ¿Cuáles empleadores están sujetos a las leyes federales que regulan la jubilación y otros beneficios del empleo?

5) ¿Mi cónyuge va a ser automáticamente elegible para estas protecciones o mi empleador va a tener que cambiar el plan de jubilación para que mi cónyuge sea elegible?

6) ¿Qué debería hacer si se me dice que mi plan no cubrirá a mi cónyuge? 

7) ¿Si mi empleador decide permitir a los cónyuges del mismo sexo enlistarse en el plan de salud, cuándo puedo enlistar a mi cónyuge? ¿Tendría que esperarme a que se abra el periodo de inscripción abierta?

8) ¿Qué pasa si me divorcié mientras DOMA todavía estaba en vigor, y no pude conseguir una orden de la corte para compartir mis ahorros de jubilación con mi ex-cónyuge como parte de mi divorcio?

9) ¿Qué pasa si mi cónyuge murió o se jubiló mientras DOMA seguía vigente y se me dijo que yo no era elegible para una pensión de sobreviviente del cónyuge?


1) ¿Cuáles derechos provee la ley federal a empleados casados cuando los beneficios de seguro médico son pagados por el empleador directamente?

Si tu cónyuge está cubierto por tu plan de seguro médico y tu matrimonio está considerado válido por el gobierno federal, tú y tu cónyuge deberán ser elegibles para las siguientes protecciones federales:

  • El valor del seguro médico de tu cónyuge no va a ser tratado como ingreso sujeto a impuestos (ni a ti como empleado, ni al cónyuge).
  • Tu cónyuge e hijos tienen el derecho de permanecer en tu plan médico si perdieras tu trabajo o si te redujeran horas de trabajo, o si te divorcias o separas. A esto se le llama “cobertura COBRA” o “cobertura de continuación COBRA.” Aún cuando tu empleador tiene que permitirte a ti y a tu pareja e hijos que permanezcan asegurados, pudieras ser requerido a pagar el costo total de esos beneficios. (No hay nada que detenga a un plan de proveer cobertura a las parejas domésticas, pero tal cobertura no está requerida por la ley federal).
  • Aún cuando ciertos planes solo te dejan enlistarte durante periodos específicos, el matrimonio o divorcio son “eventos elegibles” que te permitirán ingresar o salirte del plan fuera de esos periodos de tiempo.

Además de estas protecciones, tú y tu cónyuge podrían estar protegidos por leyes estatales.

 

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2) ¿Cuáles derechos provee el gobierno federal a matrimonios en cuanto a beneficios de jubilación por un empleador privado?

Si tu matrimonio está considerado válido por el gobierno federal y eres elegible para una pensión u otros planes de jubilación patrocinados por tu empleador, la ley federal tiene indicaciones específicas que tu plan tiene que seguir para poder mantener cierto estatus fiscal.

  • Los beneficios predeterminados de un plan de pensiones con beneficios definidos (es decir, una pensión tradicional que garantiza un pago mensual específico al momento de la jubilación) debe ser una anualidad conjunta y para el sobreviviente del cónyuge (QJSA por sus siglas en inglés). Esto significa que una parte de tu pensión se seguirá pagando a tu cónyuge si falleces antes de tu cónyuge, aunque tú y tu cónyuge pueden nombrar a otra persona como beneficiario.
  • Si mueres antes de alcanzar la edad de jubilación, tu cónyuge tiene derecho a una pensión de sobreviviente de prejubilación, (QPSA por sus siglas en inglés) de un plan de pensiones de beneficios definidos.
  • Tu cónyuge tiene que proporcionar consentimiento por escrito si decidieras nombrar a alguien más como beneficiario en tu plan de jubilación.
  • Estar casado le da más opciones a tu cónyuge para tomar distribuciones (en relación a la distribución de pagos, y la cantidad que puede recibir) de tu plan de jubilación, y que esas distribuciones reciban un trato preferencial de impuestos.
  • Tu plan también pudiera permitir que tomes dinero de una cuenta de retiro sin penalidad de impuestos para pagar gastos de tu cónyuge como gastos médicos, pagos de matrículas escolares, o gastos funerarios.
  • Por último, si se divorcian, los tribunales pueden asegurarse de que tu ex-cónyuge reciba una porción de los fondos del plan de jubilación como parte del acuerdo de divorcio. Esto se llama una Orden Calificada de Relaciones Domésticas, o QDRO por sus siglas en inglés.

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3) ¿Cuáles matrimonios van a ser considerados válidos por el gobierno federal para propósitos de beneficios?

Si vives en un estado que respeta tu matrimonio: El gobierno federal considerará válido el matrimonio, y tendrás derecho a todas las protecciones que se requiere que sean ofrecidas a cónyuges bajo la ley federal.

Si vives en un estado que no respeta tu matrimonio: Debido a que algunos de estos beneficios son regulados por el Servicio de Impuestos Internos (IRS por sus siglas en inglés) y el Departamento de Trabajo, pudiera tomar algún tiempo para que los departamentos pertinentes puedan determinar cuáles matrimonios serán considerados válidos por el gobierno federal. Inicialmente, puede haber algo de incertidumbre por un periodo de tiempo ya que el IRS en general toma en consideración la ley del estado de domicilio (residencia principal) para determinar si debe reconocer un matrimonio. Sin embargo, no hay ninguna ley o reglamento que obligue este enfoque, y el IRS ha reconocido “matrimonios de derecho común” para efectos fiscales, siempre que fueran válidos en el estado en el que se contrajeron. En nuestra sociedad tan móvil, tendría más sentido que el gobierno federal reconociera los matrimonios que son válidos donde se contrajeron. Si tuvieras problemas o tienes preguntas, ponte en contacto con cualquiera de las organizaciones legales mencionadas al final de esta página.

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4) ¿Cuáles empleadores están sujetos a las leyes federales que regulan la jubilación y otros beneficios del empleo?

Estas leyes federales generalmente son pertinentes para empleadores que proporcionan beneficios de jubilación y de salud, comúnmente conocidos como “planes ERISA”. Algunos de estos requisitos, en particular las obligaciones de los planes de jubilación, no son aplicables a empleadores del gobierno local, estatal o federal, ni a organizaciones religiosas o convenciones de iglesias (aunque algunos empleadores religiosos escogen ser regulados por estas leyes federales). Los planes de seguro por parte de empleadores del sector privado con 20 o más empleados, organizaciones de empleados y empleadores de gobiernos locales o estatales están cubiertos por COBRA.

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5) ¿Mi cónyuge va a ser automáticamente elegible para estas protecciones o mi empleador va a tener que cambiar el plan de jubilación para que mi cónyuge sea elegible?

Depende de lo que esté estipulado en tu plan, y puede depender de qué tipo de beneficio se esté considerando. Si tu plan, como la mayoría de los planes, simplemente se refiere a “cónyuges”, tu empleador no tendría necesariamente que cambiar nada con el fin de incluir a los cónyuges del mismo sexo. Si tu plan establece que “cónyuge” se refiere sólo a parejas de sexo opuesto, o se definiera basado a la ley de un estado que no reconoce tu matrimonio, probablemente tu plan tendrá que ser cambiado para cumplir con la ley federal. Sin embargo, tú y tu cónyuge deberían tener derecho a protecciones, incluso si tu plan no cambiara su lenguaje.

Habla con alguien en tu departamento de recursos humanos. Si todavía tienes preguntas, ponte en contacto con una de las organizaciones mencionadas a continuación, o con un abogado especializado en beneficios para empleados.

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6) ¿Qué debería hacer si se me dice que mi plan no cubrirá a mi cónyuge?

Si tu empleador o tu plan de jubilación o de salud establecen que tú y tu cónyuge no serán tratados como cónyuges del sexo opuesto, puede ser importante que actúes con rapidez para conservar tus derechos. A veces el problema puede ser aclarado con una conversación, pero tienes que tomar en cuenta los límites de tiempo específicos para apelar las determinaciones hechas por tu plan. Ponte en contacto con una de las organizaciones mencionadas a continuación, o con un abogado especializado en beneficios para empleados.

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7) ¿Si mi empleador decide permitir a los cónyuges del mismo sexo enlistarse en el plan de salud, cuándo puedo enlistar a mi cónyuge? ¿Tendría que esperarme a que se abra el periodo de inscripción abierta?

Depende. En general, el “matrimonio” es un evento elegible para agregar a un cónyuge en el plan de salud. Incluso ya has estado casado por varios años antes de que DOMA fuera anulada, deberás preguntarle a tu empleador si este cambio en la ley federal es un evento elegible. También es posible que algunos planes esperen hasta el próximo período de inscripción abierta antes de que comience un nuevo año del plan para permitir a los empleados realizar cambios a sus beneficios y agregar cónyuges que no hubieran podido obtener cobertura anteriormente.

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8) ¿Qué pasa si me divorcié mientras DOMA todavía estaba en vigor, y no pude conseguir una orden de la corte para compartir mis ahorros de jubilación con mi ex-cónyuge como parte de mi divorcio?

La ley federal provee protecciones sólidas para tus ahorros de jubilación, y por lo general evita que tu plan distribuya beneficios a alguien más que no sean tú o tu beneficiario. Una excepción te permite compartir esos ahorros con tu ex-cónyuge como parte de un acuerdo de divorcio. A esto se le llama una Orden Calificada de Relaciones Domésticas, o QDRO por sus siglas en inglés. Si no pudiste obtener una QDRO cuando te divorciaste y ahora quieres obtener una, consulta con un abogado acerca de la posibilidad de volver a abrir el proceso de divorcio.

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9) ¿Qué pasa si mi cónyuge murió o se jubiló mientras DOMA seguía vigente y se me dijo que yo no era elegible para una pensión de sobreviviente del cónyuge?

Existe la posibilidad, aunque no es seguro, que todavía puedas recibir una pensión de sobreviviente (QJSA o QPSA). Si así fuera, seguirás recibiendo los pagos, pero pudiera ser que también tengas que devolver parte del dinero que tu cónyuge recibió del plan, ya que al tomar el QJSA normalmente significa que el empleado recibe un pago menor al momento del retiro para que su cónyuge pueda continuar recibiendo parte de los beneficios si el empleado muere antes que su cónyuge. Te recomendamos que hables con un abogado de beneficios de empleados para saber si te conviene solicitar una pensión, de acuerdo a tus circunstancias particulares.

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PARA MÁS INFORMACIÓN VISITA:

American Civil Liberties Union

National Center for Lesbian Rights

Gay & Lesbian Advocates & Defenders

Lambda Legal

American Civil Liberties Union | Center for American Progress | Family Equality Council | Freedom to Marry | Gay & Lesbian Advocates & Defenders | Human Rights Campaign | Immigration Equality | Lambda Legal | National Center for Lesbian Rights | National Gay and Lesbian Task Force | OutServe-SLDN.