El matrimonio entre parejas del mismo sexo en California

 

Preguntas y respuestas

Actualizado el 9 de Julio de 2015.

Nota: Este documento está creado para proveer información para parejas del mismo sexo que consideran casarse en el estado de California. Por ningún motivo debería considerarse como asesoría legal. Debe hablar con un abogado para una consulta legal en torno a su asunto particular.  

CASARSE EN CALIFORNIA

En el estado de California existe la libertad de matrimonio entre las parejas del mismo sexo desde 2013, cuando el Tribunal Supremo rechazó la apelación del caso Hollingsworth v. Perry. Debido a esto, se reincorporó la decisión del Tribunal de Primera Instancia, la cual anula la Proposición 8, la cual les prohibía matrimonio a las parejas del mismo sexo. Gracias a la decisión del Tribunal Supremo en el caso Obergefell v. Hodges en 2015, las parejas del mismo sexo tienen la libertad de casarse en cualquier parte de los Estados Unidos de América. El 26 de junio de 2015, el Tribunal Supremo determinó que la Decimocuarta Enmienda le exige a los estados que permitan el matrimonio entre parejas del mismo sexo, y que los matrimonios ya existentes celebrados fuera de los estados de residencia sean reconocidos.

Además, gracias al dictamen del Tribunal Supremo de 2013 en el caso Windsor v. Estados Unidos, todas las parejas casadas en California −incluyendo las parejas del mismo sexo− deben ser reconocidas por el gobierno federal como casadas, con respeto e igualdad de condiciones. El 26 de junio de 2013, el Tribunal Supremo dictaminó que la sección 3 de la llamada Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA por sus siglas en inglés), las cual forzaba al Tribunal Federal a tratar a las parejas del mismo sexo como si fuesen solteras, y que prohibía cualquier beneficio federal, protección y responsabilidades matrimoniales a dichas parejas, violaba la garantía constitucional de igualdad y libertad. 

 

TABLA DE CONTENIDO

2. ¿Qué tenemos que hacer para casarnos en California?

3. ¿Quién puede casarnos?

4. ¿Deberíamos casarnos, mi pareja y yo?

5. ¿Acaso es la licencia de matrimonio un registro público?

6. ¿Qué sucedería si me caso en California y luego deseo divorciarme?

7. ¿Es válido mi matrimonio si me casé en California antes de que la Proposición 8 entrara en efecto? ¿Es necesario casarse de nuevo?

8. ¿Reconocería el estado de California mi matrimonio si mi pareja y yo nos casamos legalmente en algún otro estado o país? ¿Sería necesario volvernos a casar?

9. ¿Se considerarían automáticamente casadas las parejas domésticas previamente registradas en el estado de California?

10. ¿Continúan existiendo las parejas domésticas registradas en California?

11. ¿Si estamos registrados como pareja doméstica en California, acaso es necesario anular el registro antes de casarme?

12. ¿Existe algún motivo para que las parejas estén casadas y al mismo tiempo registradas como parejas domésticas?

13.¿Podría casarme con mi pareja actual si tengo una unión civil o si estoy registrado como pareja doméstica con mi pareja anterior?

14. ¿Pueden casarse en California las parejas que residan fuera de dicho estado?

15. ¿Si mi pareja y yo somos de otro estado pero nos casamos en California, sería válido nuestro matrimonio en nuestro estado de residencia ?

16. ¿Reconocería el gobierno federal los matrimonios entre parejas del mismo sexo que se casen en California?

17. Para las parejas del mismo sexo en relaciones internacionales, ¿casarse en California les permite obtener legalmente la residencia permanente en los Estados Unidos a las personas que no son ciudadanas?

18. ¿Es necesario que las instituciones religiosas o los miembros del clero sean los que lleven a cabo la boda entre parejas del mismo sexo?

19. ¿Puede un empleado de la oficina del registrador negarse a darnos una licencia o a firmar nuestra solicitud por oponerse a los matrimonios entre parejas del mismo sexo?

20. ¿Puede un negocio privado, ya sea un florista, fotógrafo o centro de convenciones negarse a proveer espacio o servicio para mi boda por querer casarme con alguien del mismo sexo?

21. ¿Puede un empleador negarse a contratarme por haberme casado con una persona del mismo sexo?

22. ¿Puede mi empleador negarse a proveerle los beneficios de empleo comúnmente otorgados a los cónyuges heterosexuales a mi cónyuge del mismo sexo, o negarse a reconocer mi matrimonio como válido?

23. ¿Puede un arrendador negarse a rentarnos una casa o apartamento, a mí, o a mi cónyuge?

24. ¿Puede una institución para la adopción u orfanato discriminar en mi contra si mi pareja y yo nos casamos?


1. ¿Pueden las parejas del mismo sexo casarse en cualquier parte de California?

Sí. La orden legal que detiene al estado de California de imponer la Proposición 8, le aplica a los oficiales de gobierno a través del estado. 

2. ¿Qué tenemos que hacer para casarnos en California?

Para poder casarte en California, tanto tú como tu pareja deben obtener una licencia de matrimonio del Oficial del Registro Civil/Secretaría del Condado de cualquier condado de California, y luego celebrar una ceremonia dirigida por cualquier persona autorizada para celebrar matrimonios legalmente en California (alguien como un juez o miembro del clero) dentro de un periodo de 90 días.

Ambas partes deben ir juntos al registro del condado pertinente, llenar la solicitud para la licencia de matrimonio, y presentar una identificación con foto emitida por el gobierno, y algún comprobante de mayoría de edad (para personas menores de 18 años de edad, procede un protocolo distinto). Algunos condados proveen sus solicitudes en internet, para poder imprimirlas y rellenarlas de antemano. El costo de dicha licencia puede variar en los distintos condados, pero regularmente no sobrepasa los cien dólares. No es necesario hacerse prueba de sangre ni llevar certificado de salud. Debes llamar con antelación o visitar la página del registro en internet para saber el horario, localización, y costos de la licencia.

La licencia será válida por 90 días, lo cual significa que tienes 90 días para ir a casarte. Tu boda puede celebrarse en cualquier parte de California. La persona que lleve a cabo tu ceremonia debe estar licenciada para celebrar matrimonios legalmente en California, y debe completar y firmar tu licencia de matrimonio después de la ceremonia. También, debe estar presente un testigo mayor de 18 años y debe firmar la licencia de matrimonio. La licencia se convierte en el certificado de matrimonio, inmediato a las firmas pertinentes, y el mismo debe entregarse a la misma oficina de registro del mismo condado en donde obtuviste el formulario, dentro de un periodo de 10 días después de la ceremonia. De igual modo puedes optar por celebrar tu matrimonio dentro de la oficina del registro civil del condado que hayas escogido, el mismo día que obtengas la licencia, por un costo adicional.

3. ¿Quién puede casarnos?

En California, las personas que están legalmente autorizadas a celebrar matrimonios pueden ser: miembros del clero, jueces del Tribunal Estatal (tanto activos como retirados), comisionados del tribunal, asistente del comisionado, comisionado; comisionado de matrimonios civiles, o comisionado de matrimonios civiles retirados, jueces o jueces retirados del Tribunal Supremo, jueces del magistrado, jueces retirados, o jueces retirados del magistrado de otros tribunales federales, legisladores estatales, oficiales constitucionales del estado, o miembros del congreso que representen un distrito dentro del estado.

Los comisionados y comisionados adjuntos del matrimonio civil llevan a cabo ceremonias de matrimonio, por cita previa, en oficinas designadas del condado. Existe un costo por dichos servicios, pero generalmente no excede los $50 dólares. Puedes llamar o visitar la página web del condado para más información. Una pareja también puede delegar a un amigo para llevar a cabo la ceremonia de matrimonio mediante el programa de comisionado adjunto, del condado pertinente, por un día. 

4. ¿Deberíamos casarnos, mi pareja y yo?

El matrimonio es un compromiso muy serio, tanto personal como legal. Las parejas deberían educarse sobre las consecuencias legales del matrimonio antes de casarse.

Algunas personas deberían prestar atención especial, o mayor cautela antes de casarse, incluyendo a aquellos que reciben beneficios del gobierno (en especial los beneficiarios de Seguro Social por Incapacidad, TANF, o Medicaid) y aquellas personas que planifican adoptar niños internacionalmente. Si te encuentras en esta situación, te sugerimos que consultes un abogado para determinar cómo te afectarían las consecuencias legales del matrimonio, antes de hacerlo. 

5. ¿Acaso es la licencia de matrimonio un registro público?

Sí, las licencias de matrimonio son registro público. Sin embrago, en California las parejas pueden optar por una licencia de matrimonio “confidencial”. Los únicos requisitos adicionales para obtener este tipo de licencia son: que ambas partes sean mayores de 18 años de edad, deben estar conviviendo en el momento de solicitar la licencia, y por último, deben firmar un afidávit certificando los hechos. La pareja debe casarse en el condado en el que obtuvieron la licencia. La licencia de matrimonio entonces sería un documento confidencial y queda registrada en la secretaría del condado en el que se expidió. Solo las partes casadas pueden obtener copia de la licencia de matrimonio. Las demás personas que deseen copia de una licencia de matrimonio confidencial, deben contar con una orden judicial que así lo autorice. Cuando una pareja obtiene una licencia de matrimonio confidencial, el único dato que se hace público es el estado civil de cada uno de los individuos. Detalles como el nombre, el lugar, o la fecha del matrimonio, al igual que la dirección residencial de los individuos permanecen confidenciales. Esta opción puede beneficiar a quienes desean mantener la identidad y la dirección de su cónyuge confidenciales. 

6. ¿Qué sucedería si me caso en California y luego deseo divorciarme?

La única forma legal de dar por terminado un matrimonio es obteniendo un divorcio de una corte. Generalmente, para poder divorciarte en California, al menos uno de los cónyuges debe haber vivido en California por al menos seis meses, y residente del condado en el que se solicita el divorcio por al menos tres meses, previo a someter una demanda de divorcio. 

7. ¿Es válido mi matrimonio si me casé en California antes de que la Proposición 8 entrara en efecto? ¿Es necesario casarse de nuevo?

Si te casaste en California antes del 16 de junio de 2008, y antes del 5 de noviembre de 2008, entonces tu matrimonio aún es válido y reconocido por el estado de California. En el caso de Strauss v. Horton, del 2009, el Tribunal Supremo de California sostuvo que la Proposición 8 no dictaba que tuviese ningún impacto en los matrimonios entre parejas del mismo sexo casadas en California antes de que la misma fuese implementada, y por tanto no les afecta. Si te casaste en California durante ese periodo, entonces tu matrimonio es completamente valido y merece completo respeto y reconocimiento. No necesitas volver a casarte. 

8. ¿Reconocería el estado de California mi matrimonio si mi pareja y yo nos casamos legalmente en algún otro estado o país? ¿Sería necesario volvernos a casar? 

Las parejas casadas bajo otra jurisdicción también son reconocidas como legalmente casadas en California, independientemente de la fecha del matrimonio. Tu relación no tendría otro estado civil como por ejemplo, concubino, sino sería propiamente respetado como un matrimonio. No es necesario que te vuelvas a casar en California. 

9. ¿Se considerarían automáticamente casadas las parejas domésticas previamente registradas en el estado de California?

No. Las parejas domésticas registradas se encuentran en libertad de elegir si quieren o no casarse. Los que se quieran casar tienen que pasar por el proceso legal requerido para el matrimonio legal de cualquier pareja en California. 

10. ¿Continúan existiendo las parejas domésticas registradas en California?

Sí, las parejas domésticas aún existen bajo la ley actual en California.  

11. ¿Si estamos registrados como pareja doméstica en California, es necesario anular nuestro registro antes de casarme?

No. El registro de parejas domésticas en California le permite a un individuo estar registrado y casarse, siempre y cuando sea con la misma persona. 

12. ¿Existe algún motivo para que las parejas estén casadas, y al mismo tiempo registradas como parejas domésticas?

Sí. El estar casados protege a una pareja si viajan o se mudan a otro estado que reconozca el matrimonio, pero no sucede con las parejas domésticas.

13. ¿Podría casarme con mi pareja actual si tengo una unión civil o si estoy registrado como pareja doméstica con mi pareja anterior?

No. Antes de casarte con tu pareja actual, primeramente necesitarías disolver o anular el vínculo legal que ya tienes. Si te casas teniendo el vínculo previo, entonces se consideraría inválido tu matrimonio; esto es si tienes un vínculo civil o si estás registrado como pareja doméstica con otra persona. Consulta a un abogado si tienes dudas en cuanto al proceso legal para terminar un vínculo con una pareja anterior. 

14. ¿Pueden casarse en California las parejas que residen fuera de dicho estado?

Sí. No existe requisito legal de residencia para casarse en California.

15. ¿Si mi pareja y yo somos de otro estado pero nos casamos en California, acaso sería válido nuestro matrimonio en nuestro estado de residencia?

Sí. Gracias a la decisión del Tribunal Supremo en el caso Obergefell, todos los estados deben reconocer el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Inclusive, hasta once tribus nativo americanas, permiten explícitamente el matrimonio entre parejas del mismo sexo. 

16. ¿Reconocería el gobierno federal los matrimonios entre parejas del mismo sexo que se casan en California? 

Sí. Tanto California como los demás estados y territorios (con la posible excepción de la Samoa Americana) y el gobierno federal reconocerán tu matrimonio. Serás elegible para protección y ayuda federal, y para las responsabilidades otorgadas a las demás parejas casadas.   

17. Para las parejas del mismo sexo en relaciones internacionales, ¿acaso casarse en California les permite obtener legalmente la residencia permanente en los Estados Unidos a las personas que no son ciudadanas?

Existe un mecanismo legal para que tú y tu cónyuge puedan solicitar estatus de inmigrante permanente en los Estados Unidos en base a tu matrimonio, debido a que la sección 3 de DOMA es anticonstitucional. En muchos casos, si te casas o estás casado, puedes auspiciar a tu cónyuge, o viceversa, para la residencia legal permanente (conocida en inglés como green card). Sin embargo, la ley de inmigración es muy compleja, y deberías hablar con un abogado cualificado antes de casarte o de solicitar cualquier petición de inmigración por matrimonio o ajustes a tu estado civil. Las opciones para las familias varían para cada caso en particular, en base a ciertos factores incluyendo: si tú y tu pareja están juntos o separados; si están viviendo juntos en los Estados Unidos o en el exterior; si tú o tu pareja están casados; y para las familias que están juntas en los Estado Unidos, si el cónyuge que no es ciudadano llegó a los Estados Unidos luego de ser inspeccionado por un oficial de inmigración, o si entraron sin la inspección. Te sugerimos a ti y a tu pareja, hablar con un abogado de inmigración cualificado para que les aconseje legalmente antes de tomar los pasos para casarse o buscar el beneficio de inmigración.  

Esta pregunta no aplica a todas las circunstancias que las parejas del mismo sexo binacionales pueden enfrentar. Pero existen otras preguntas frecuentes que sí, y por tanto te recomendamos visitar www.immigrationequality.org para una guía más detallada del impacto de los casos Obergefell, Hollingsworth, y Windsor sobre los asuntos relacionados a inmigración. Las parejas del mismo sexo y las binacionales deberían consultar con un abogado de inmigración antes de casarse en California o en cualquier otra jurisdicción. 

18. ¿Es necesario que las instituciones religiosas o los miembros del clero sean los que lleven a cabo la boda entre parejas del mismo sexo?

No. El gobierno no puede discriminar en contra de las parejas del mismo sexo restringiéndoles el matrimonio civil, el cual es una institución establecida y regulada por el mismo gobierno. Los miembros del clero y las instituciones religiosas permanecen libres de aceptar o denegar la celebración de bodas, a quien ellos deseen. Algunas religiones no permiten el matrimonio entre las parejas del mismo sexo bajo su fe; no obstante, hay muchas que sí. Todas las parejas, independientemente de su orientación sexual, pueden elegir ser casados por un miembro del clero dentro de una comunidad acogedora de alguna fe, o por un servidor de ley, como un juez o diputado autorizado bajo la ley, en el estado de California.

19. ¿Puede un empleado de la oficina del registrador negarse a darnos una licencia o a firmar nuestra solicitud por oponerse a los matrimonios entre parejas del mismo sexo?

No. Los servidores públicos de otro modo requeridos a expedir licencias para matrimonios civiles no pueden oponerse a hacerlo debido a creencias personales u objeciones religiosas. Por favor contacte cualquier organización LGBTT enumerada en este documento (ACLULambda Legal en español o el Centro Nacional para los Derechos Lésbicos conocido por sus siglas en inglés como NCLR). si tiene alguna situación o problema con algún servidor público. 

20. ¿Puede un negocio privado, ya sea un florista, fotógrafo o centro de convenciones negarse a proveer espacio o servicio para mi boda, por querer casarme con alguien del mismo sexo?

No. La ley en el estado de California no le permite a los establecimientos y negocios que proveen bienes o servicios discriminar en base a la orientación sexual, identidad de género, o estado civil. Dicha prohibición al discrimen se efectúa independientemente de las creencias religiosas del dueño de un negocio o empleado. No obstante, esta protección anti-discrimen puede no aplicarle a algunas organizaciones privadas o clubes que requieran membresía, que por lo general no están abiertos a, o no hacen negocios con el público en general. Si alguien te niega servicios o la renta del espacio para eventos (tu boda), contacta alguna de las organizaciones legales LGBTT enumeradas en este documento (ACLULambda Legal en español o el Centro Nacional para los Derechos Lésbicos conocido por sus siglas en inglés como NCLR).

21. 1.      ¿Puede un empleador negarse a contratarme por haberme casado con una persona del mismo sexo?

Generalmente no. La ley en California prohíbe discrimen por orientación sexual o identidad de género, expresión de género o estado civil. Sin embargo, si tu empleador o posible empleador es una corporación religiosa o asociación, entonces la respuesta puede ser más compleja en algunas circunstancias limitantes. Si enfrentas cualquier problema con empleo relacionado a tu boda con una persona del mismo sexo, contacta alguna de las organizaciones legales LGBTT enumeradas en este documento (ACLULambda Legal en español o el Centro Nacional para los Derechos Lésbicos conocido por sus siglas en inglés como NCLR).

22. ¿Puede mi empleador negarse a proveerle los beneficios de empleo, comúnmente otorgados a los cónyuges heterosexuales, a mi cónyuge del mismo sexo, o negarse a reconocer mi matrimonio como válido?

Generalmente no. La ley en California les prohíbe a los empleadores discriminar por orientación sexual o identidad de género cuando se trata de la administración de los beneficios de empleados. En adición, la ley federal de empleo les prohíbe a los empleadores proveer beneficios desiguales a sus empleados en base a su género, lo cual debe proteger a los individuos casados con personas del mismo sexo (note, como se discutió anteriormente, que las normas que le aplican a ciertas corporaciones religiosas en ciertas situaciones específicas, resultan diferentes). Si enfrentas problemas con beneficios de empleo, por favor, contacta alguna de las organizaciones legales LGBTT enumeradas en este documento (ACLU, Lambda Legal en español o el Centro Nacional para los Derechos Lésbicos conocido por sus siglas en inglés como NCLR).

En cuanto a los beneficios de salud, luego de que el Tribunal Supremo eliminara la sección 3 de DOMA, y luego de que el mismo tribunal declarara legal el matrimonio entre parejas del mismo sexo en los Estados Unidos, si tu cónyuge está cubierto por un seguro médico laboral, entonces tu cónyuge y tú son elegibles para los siguientes beneficios federales adicionales (aunque por lo general estas ayudas no están disponibles para parejas registradas como parejas domésticas y que no están casadas):

  • El valor del seguro médico de tu cónyuge no se considerará como ingreso sujeto a contribución, ni para ti, ni para tu cónyuge.

  • Tanto tus hijos como tu cónyuge, conservan el derecho de permanecer cubiertos dentro de tu seguro médico, aun cuando te reduzcan las horas laborales, si pierdes tu trabajo, si te separas o divorcias; se le conoce como “cobertura de salud COBRA” o “cobertura extendida de salud COBRA”. Aunque tu empleador debe permitir que tanto tu cónyuge, como tus hijos, y tú continúen asegurados, en ocasiones te pueden cobrar la totalidad del costo de dichos beneficios (nada le impide a las compañías de seguro médico, proveer cobertura continua para las parejas registradas, pero dicha cobertura no es requerida por ley federal.

  • Mientras que la mayoría de los seguros médicos solo te permiten inscribirte fechas específicas, tanto el matrimonio como el divorcio se consideran “eventos calificativos” los cuales te permitirían inscribirte o cancelar la inscripción fuera de la restricción de estas fechas específicas. 

23. ¿Puede un arrendador negarse a rentarnos una casa o apartamento, a mí, o a mi cónyuge?

No. La ley en California prohíbe el discrimen por vivienda basado en orientación sexual, identidad de género, expresión de género, o estado civil. 

24. ¿Puede una institución para la adopción u orfanato discriminar en mi contra si mi pareja y yo nos casamos?

No. La ley en California le prohíbe a las instituciones para la adopción y a los orfanatos discriminar por orientación sexual, e identidad de género. Sin embargo, el proceso de adopción a nivel internacional tiene parámetros distintos y muchos países no le permiten a las parejas del mismo sexo adoptar. 

Para más información con relación a tu derecho a matrimonio o protección contra el discrimen, por favor contacta a:

The American Civil Liberties Union of Northern California

The American Civil Liberties Union of Southern California

Equality California

Lambda Legal en español

National Center for Lesbian Rights

 

 

Date:
26 de Junio, 2013