¡Victoria! Primer Circuito remueve a juez y reafirma inconstitucionalidad de prohibición al matrimonio en Puerto Rico en caso de Lambda Legal

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7 de Abril, 2016
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“La decisión del Primer Circuito es inequívoca e insorprendente. No hay duda de que la decisión histórica del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Obergefell v . Hodges aplica en Puerto Rico al igual que en el resto de los Estados Unidos.”

(San Juan, PR, 7 de abril, 2016) — En el día de hoy, el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito afirmó una vez más que la prohibición al matrimonio de Puerto Rico es inconstitucional y ordenó a la Corte de Distrito de Puerto Rico que dicte un fallo a favor de los demandantes de Lambda Legal. El Tribunal de Apelaciones también ordenó que el caso sea reasignado a un juez de distrito diferente a la luz del desafío atroz a su orden previa. De este modo, el Primer Circuito dejó claro que la decisión histórica del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Obergefell v . Hodges, en la cual el tribunal nulificó las prohibiciones discriminatorias estatales que negaban el matrimonio a las parejas del mismo sexo en todo el país, se aplica a todas las personas en los Estados Unidos, independientemente de si viven en un territorio o un estado.

“La decisión del Primer Circuito es inequívoca e insorprendente. No hay duda de que la decision histórica del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Obergefell v . Hodges aplica en Puerto Rico al igual que en el resto de los Estados Unidos,” dijo Omar Gonzalez-Pagan, abogado de Lambda Legal. “En su fallo, el Primer Circuito acordó de que la decisión del tribunal de distrito ‘err [ó] en tantos aspectos que [era] difícil saber por dónde empezar”. Afortunadamente, el Primer Circuito corrigió los errores del tribunal de distrito, reafirmó la igualdad y dignidad de las personas LGBTT, y confirmó lo que ya sabíamos: que el derecho al matrimonio de las personas LGBTT en Puerto Rico está aquí para quedarse”.

Esta no es la primera vez que el Primer Circuito ha declarado que la prohibición al matrimonio para las parejas LGBTT en Puerto Rico es inconstitucional y ordenado al tribunal de distrito a reconocer el derecho al matrimonio de las personas LGBTT en Puerto Rico. Sin embargo, el mes pasado, el tribunal de distrito decidió ignorar la orden previa del Primer Circuito y defiantemente declaró que la decisión del Tribunal Supremo en Obergefell v. Hodges no aplicaba en Puerto Rico porque no era un estado.

En su sentencia de hoy, el Primer Circuito dijo: “Al determinar que la prohibición no era inconstitucional porque no aplica a Puerto Rico, la corte de distrito malinterpretó ese derecho y directamente contradijo nuestro mandato.” La Corte además aclaró que los derechos al debido proceso y la igual protección de las leyes ya se han incorporado en Puerto Rico.

“El matrimonio es un derecho fundamental garantizado a todas las personas en los Estados Unidos por la Constitución. No puede ser disminuido por los deseos desafiantes de un juez de distrito, o despojado de validez solo porque uno vive en un territorio en lugar de un estado. El Primer Circuito confirmó esto hoy, y estamos contentos de que nuestros clientes y sus familias finalmente tendrán la claridad e igualdad que han ansiado por tanto tiempo.”

El mes pasado, Lambda Legal radicó una petición –conocida como un writ of mandamus– solicitando que el Primer Circuito reasignara el caso a un juez diferente en el tribunal de distrito para que conceda el mandato que pidieron las parejas demandantes y el gobierno de Puerto Rico. Días después el gobierno de Puerto Rico solicitó unirse a la petición de Lambda Legal.

Luego de la decisión del Tribunal Supremo en Obergefell v. Hodges, el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito declaró que la prohibición al matrimonio para las parejas LGBTT era inconstitucional. Paso seguido, Puerto Rico comenzó a emitir licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo, y Lambda Legal y el gobierno de Puerto Rico juntos radicaron una petición para que el tribunal de distrito declarara que todas las leyes que prohibían el matrimonio entre parejas LGBTT son inconstitucionales y que no las hicieran cumplir. La decisión del tribunal de distrito el mes pasado negó dicha petición. Hoy, el Primer Circuito revocó dicha decisión.

El caso es Conde-Vidal, et al. v. Ríus-Armendáriz, et al. Los abogados Omar Gonzalez-Pagan, Hayley Gorenberg y Karen Loewy de Lambda Legal llevan el caso, junto a abogados de los bufetes Debevoise & Plimpton LLP y Wilmer Cutler Pickering Hale and Dorr LLP, y la abogada puertorriqueña Celina Romany-Siaca. Ada Conde Vidal, quien representa a su esposa, a su vez está representada por el Lic. José L. Nieto.

Para leer la decisión: http://www.lambdalegal.org/in-court/legal-docs/conde_pr_20160407_petitio...

Para más información sobre el caso: http://www.lambdalegal.org/es/conde-vidal-v-rius-armendariz

Para más información sobre las familias involucradas en el caso: http://www.lambdalegal.org/es/20140625_las-familias-de-puerto-rico

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Contacto para Prensa: Graciela González, celular: 312-545-8140; oficina: 312-663-4413, x. 333; correo electrónico: ggonzalez@lambdalegal.org